HISTORIA DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL DEL DIVINO SALVADOR (I.C.D.S.) Y SUS ESTATUTOS

En 1990, tuvo lugar en Roma la primera reunión internacional real con miembros de las tres ramas de la Familia Salvatoriana, para considerar el establecimiento de una rama laica de la Familia Salvatoriana. En 2003, se llevó a cabo una segunda reunión para iniciar realmente la organización internacional para los Salvatorianos Laicos, y el último día de esta reunión, los participantes acordaron iniciar un proceso de reconocimiento por parte del Vaticano. Este reconocimiento, requeriría “estatutos” comunes que tendrían que ser desarrollados.
En la Asamblea General de 2006, se aprobó el nombre de “Comunidad Internacional del Divino Salvador” para los Salvatorianos Laicos y se inició oficialmente el proceso de redacción de los Estatutos de la ICDS. En los años siguientes, hasta 2011, estuvo en marcha un proceso intenso. Comentarios, sugerencias y cambios iban y venían entre un grupo de trabajo de redacción y los representantes de cada unidad. En la primavera de 2011, se entregó el primer borrador de los Estatutos de la ICDS al Consejo Pontificio para los Laicos (que luego se convertiría en el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida). La Asamblea General de 2012, aprobó estos Estatutos (como provisionales), y hubo algunas otras mejoras, acordadas en la Asamblea General de 2018. En 2013 y 2015, el Comité General de la ICDS tuvo reuniones cara a cara con representantes del Dicasterio, que aclararon todo lo que fue solicitado.
El Dicasterio requirió que los Estatutos, tal como están escritos, debían tener más sustancia y debían aclarar qué tipo de asociación podría y querría ser la ICDS. Siguiendo el consejo de algunos expertos en derecho canónico y del Dicasterio, y para hacer el trabajo más efectivo, en 2013 se asignó a un grupo de trabajo el desarrollo adicional sobre los Estatutos. Durante los años siguientes, los Estatutos fueron modificados por el Comité General de la ICDS y se convirtieron en un documento mucho más grande de lo que se esperaba al principio. Esta versión de los Estatutos, fue enviada al Dicasterio en 2017. El Dicasterio respondió que la ICDS debía usar sus propias palabras, visiones y frases, en lugar de aquellas que eran propias del vocabulario de la “Sociedad” y la “Congregación”, es decir, de los Padres, Hermanos y Hermanas Salvatorianos, porque la ICDS es una rama autónoma de la Familia Salvatoriana.
Después de otra reunión cara a cara con el Dicasterio en 2019, los Estatutos actualizados y propuestos, se enviaron nuevamente al Dicasterio en febrero de 2020. La respuesta del Dicasterio, en enero de 2021, requirió solo algunos cambios menores, que hizo el Comité General, y luego enviaron los Estatutos de vuelta al Dicasterio.
Durante este tiempo, el Dicasterio solicitó a la ICDS, que implementara una “Política De Salvaguarda Para La Protección De Menores Y Personas Vulnerables”. Eso se hizo y actualmente está en vigencia. Además, el Dicasterio exigió que el “órgano central de gobierno a nivel internacional” (el Comité General) de la ICDS tenga mandatos de cinco años. Este será un desafío para la ICDS, puesto que las otras ramas de la Familia Salvatoriana, tienen mandatos de seis años. La ICDS ha tenido sus mandatos de seis años, concurrentemente con la Sociedad y la Congregación, pero ahora eso debe cambiar. Todavía está por resolverse, cómo afectará esto al Grupo Internacional de Liderazgo Conjunto de la Familia Salvatoriana.
La revisión final de los Estatutos del ICDS, fue aprobada por el Dicasterio en septiembre de 2022 y la fecha oficial de fundación de la Comunidad Internacional del Divino Salvador, es el 8 de diciembre de 2022.
El enfoque del comité de redacción y del Comité General, ha sido satisfacer los requisitos del Dicasterio, teniendo en cuenta las diferentes realidades, culturas y mentalidades de las unidades individuales. Cada unidad de Salvatorianos Laicos existente, tendrá que hacer algunos ajustes, para encajar bajo el paraguas de los Estatutos de la ICDS.
Paralelamente a la redacción de los Estatutos, la ICDS estableció las «Reglas de Procedimiento» que algunos denominaron «Directrices de Funcionamiento». Este es el segundo documento más importante, después de los Estatutos, porque describe cómo la ICDS maneja su trabajo diario, de conformidad con sus Estatutos. La ICDS puede cambiar o adaptar las reglas de procedimiento sin necesidad del permiso del Dicasterio, mientras que cualquier cambio a los Estatutos, debe ser aprobado primero por el Dicasterio.

Hermosa foto de la escultura del Beato Francisco María de la Cruz, en Manizales-Caldas.
